Resumen
Como la Organización de Planificación Metropolitana (MPO, por sus siglas en inglés) designada a nivel federal para el área urbanizada de Colorado Springs, el Consejo de Gobiernos del Área de Pikes Peak (PPACG) es responsable de desarrollar y mantener un plan regional de transporte a largo plazo y un programa de implementación a corto plazo que lo respalde.
Entendiendo que cada condado y municipio dentro de la Región de Pikes Peak tiene características y necesidades únicas, el Plan de Transporte de Largo Plazo de la Región de Pikes Peak 2050 busca establecer de manera colaborativa una base para la planificación del transporte en los próximos 25 años.
Este plan incluye una visión y objetivos para el transporte regional, evalúa el sistema en su totalidad, reúne estudios de agencias locales, identifica estrategias de implementación y proporciona información para ayudar a los responsables de la toma de decisiones en el desarrollo futuro de la región.
El plan de transporte regional anterior, el Plan de Transporte Regional Moving Forward 2045, fue adoptado en enero de 2020. Este plan actualiza el anterior y cumple con todos los requisitos de planificación basada en el rendimiento establecidos por la legislación federal de transporte, incluida la Ley Moving Ahead for Progress in the 21st Century Act (MAP-21), la Fixing America’s Surface Transportation (FAST) Act y la Infrastructure Investment and Jobs Act (IIJA). En su totalidad, el plan cumple con los requisitos de composición y proceso de preparación, y demuestra conformidad con las leyes y regulaciones aplicables.
Consejo de Gobiernos del Área de Pikes Peak
Formado en 1967 bajo las leyes de Colorado sobre planificación regional y contratación intergubernamental, el Consejo de Gobiernos del Área de Pikes Peak (PPACG, por sus siglas en inglés) no es una entidad de gobierno local, sino una organización de gobiernos locales cuyo propósito es identificar problemas y oportunidades regionales, desarrollar soluciones y hacer recomendaciones sobre estrategias para toda la región. Este enfoque regional facilita la obtención de financiamiento estatal y federal para programas y proyectos locales.
PPACG es el Consejo de Gobiernos (COG, por sus siglas en inglés) designado para la región que abarca los condados de El Paso, Park y Teller. Además, es la Organización de Planificación Metropolitana (MPO, por sus siglas en inglés) designada por el estado para el Área Urbanizada de Colorado Springs.
Como COG, PPACG es una organización voluntaria compuesta por 16 gobiernos miembros: los condados de El Paso, Park y Teller; las ciudades de Colorado Springs, Cripple Creek, Fountain, Manitou Springs, Victor y Woodland Park; y los pueblos de Alma, Calhan, Fairplay, Green Mountain Falls, Monument, Palmer Lake y Ramah. Los funcionarios electos designados por estos miembros conforman el órgano de gobierno de PPACG, el Consejo de Administración.
Organización de Planificación Metropolitana de PPACG y Área de Planificación
Si bien el Consejo de Gobiernos (COG) es una organización voluntaria, la Organización de Planificación Metropolitana (MPO, por sus siglas en inglés) es una entidad de transporte obligatoria por ley federal y financiada con fondos federales, compuesta por representantes del gobierno local y autoridades gubernamentales de transporte. La Ley Federal de Carreteras de 1962 exige la creación de una MPO para cualquier área urbanizada con una población superior a 50,000 habitantes.
El Congreso creó las MPO para garantizar que la asignación de fondos federales para el transporte se base en un proceso de planificación continuo, cooperativo y integral. La función de la MPO es ayudar a asignar financiamiento federal a proyectos que reflejen la visión compartida de la región para su futuro.
La Figura 1-1 muestra los límites del COG y el área de planificación de la Organización de Planificación Metropolitana de Pikes Peak. Este límite debe abarcar al menos el área urbanizada existente y la zona contigua que se espera que se urbanice dentro de un período de previsión de 20 años para el plan de transporte. Además, puede incluir toda el área estadística metropolitana (MSA) o el área estadística metropolitana consolidada, según lo definido por la Oficina del Censo de EE. UU.
Figura 1-1: Límites del COG y la MPO

La Figura 1-2, en la siguiente página, proporciona más detalles sobre el área de la MPO en relación con los límites municipales, del condado y de las instalaciones militares que se encuentran dentro o cruzan el área de la MPO.
Figura 1-2: Límite de la MPO

Aunque este plan considera temas que se extienden hacia el área del COG, este plan está limitado al límite de la MPO. Las áreas dentro del COG que quedan fuera de la MPO siguen un proceso de planificación separado como parte de la Región de Planificación del Transporte de la Frontera Central (CFR TPR, por sus siglas en inglés). El plan a largo plazo de la CFR TPR es desarrollado por el Departamento de Transporte de Colorado (CDOT).
Propósito y Alcance del Plan
El objetivo de la planificación regional a largo plazo del transporte es proporcionar un marco estratégico para el desarrollo, operación y gestión del sistema de transporte dentro del contexto más amplio de los objetivos económicos, sociales, de movilidad y ambientales de la región. La planificación debe ser flexible para adaptarse a las condiciones económicas y tecnológicas cambiantes y lo suficientemente visionaria como para maximizar el retorno de la inversión, todo mientras se minimizan los impactos negativos.
Los planes de transporte a largo plazo deben cumplir con las leyes federales y estatales para la planificación regional y estatal, a fin de que la región sea elegible para la financiación federal del transporte. Los proyectos deben ser consistentes con el LRTP para ser elegibles para financiamiento federal.
Además, todos los proyectos de transporte que sean significativamente regionales o que impacten la calidad del aire dentro del área de planificación metropolitana, independientemente de la fuente de financiamiento, deben ser incluidos en el plan. El propósito principal del plan es desarrollar una estrategia para el mejor uso de los fondos públicos en el cumplimiento de los objetivos comunitarios.
Este plan:
- Incluye un horizonte de 20 años o más;
- Describe los componentes del sistema de transporte multimodal diseñados para facilitar la movilidad de personas y bienes en toda la región;
- Está fiscalmente restringido, lo que significa que los proyectos solo pueden ser incluidos en el plan si se espera que haya fondos razonablemente disponibles para financiarlos;
- Identifica los fondos—federales, estatales, locales y privados—que se anticipa razonablemente que estarán disponibles durante el período de 2025 a 2050;
- Identifica cómo el sistema de transporte, tal como se recomienda en este plan, asegura el mantenimiento de los Estándares Nacionales de Calidad del Aire Ambiental (NAAQS, por sus siglas en inglés) y satisface las necesidades de movilidad de las personas con discapacidades; y
- Se actualiza cada 5 años (o 4 años para áreas que no cumplen con los estándares nacionales primarios o secundarios de calidad del aire ambiental para un NAAQS).
Legislación Federal y Estatal
El Título 23, Código de los Estados Unidos (U.S.C.) 134 establece la autoridad y las responsabilidades de la MPO. Además, este plan está guiado por las regulaciones establecidas en 23 Código de Regulaciones Federales (CFR) § 450.324 y 23 CFR 49 CFR § 613.100., las cuales se describen en la sección anterior sobre el alcance.
La legislación federal de transporte aprobada por el Congreso desde 1991 enfatiza:
- El uso eficiente y la preservación de la infraestructura de transporte existente;
- Las relaciones sinérgicas entre los modos de transporte; y
- La inclusión de ciudadanos privados y partes interesadas en la planificación.
Además, la planificación del transporte dentro de las áreas metropolitanas está definida por tres importantes leyes federales:
- La Ley de Inversión en Infraestructura y Empleos (IIJA, la legislación federal de transporte actual)
- Las Enmiendas de la Ley de Aire Limpio de 1990
- La Ley de Derechos Civiles de 1964
Ley de Inversión en Infraestructura y Empleos
La Ley FAST y MAP-21, la legislación de transporte anterior, incorporaron metas de desempeño, medidas y objetivos en el proceso de identificación de las mejoras de transporte necesarias y la selección de proyectos. La IIJA, promulgada en 2021, continuó y amplió estas disposiciones para promover un programa federal de transporte en superficie eficiente y efectivo. El plan a largo plazo debe describir las medidas de desempeño y los objetivos utilizados para evaluar el rendimiento del sistema y el progreso en el logro de los objetivos nacionales y regionales.
Enmiendas a la Ley del Aire Limpio
La IIJA está vinculada a las Enmiendas a la Ley del Aire Limpio, que reformaron la planificación del transporte para garantizar que ayude, y no obstaculice, a la región en cumplir con los estándares federales de calidad del aire. Fomentan la reducción de las emisiones de los automóviles y la menor cantidad de viajes en vehículos de ocupación única, y promueven el uso de modos de transporte alternativos, incluyendo el transporte público, los peatones y las bicicletas, como una parte viable del sistema de transporte. Hacer que la financiación federal dependa de la capacidad de una región para cumplir con los estándares de calidad del aire refuerza el vínculo entre la planificación del transporte y los estándares federales de calidad del aire.
Ley de Derechos Civiles
Los requisitos dentro de la IIJA están vinculados de manera similar a la Ley de Derechos Civiles de 1964, que establece que “ninguna persona en los Estados Unidos será excluida de la participación en, se le negarán los beneficios de, o se le someterá a discriminación bajo cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera federal, por motivos de raza, color u origen nacional.” La ley prohíbe la discriminación intencional, así como la discriminación por impacto dispar (es decir, una política o práctica neutral que tiene un impacto dispar en grupos protegidos).
Los beneficiarios de fondos deben seguir los principios aplicables de justicia ambiental (EJ), que pueden incluir:
- Evitar, minimizar o mitigar los efectos desproporcionadamente altos y adversos sobre la salud humana y el medio ambiente, incluidos los efectos sociales y económicos, en poblaciones minoritarias y de bajos ingresos;
- Asegurar la participación completa y justa de todas las comunidades potencialmente afectadas en el proceso de toma de decisiones sobre transporte; y
- Prevenir la denegación, reducción o retraso significativo en la recepción de beneficios por parte de poblaciones minoritarias y de bajos ingresos.
Requisitos del Estado de Colorado
El Proyecto de Ley del Senado (SB) 21-260, Sostenibilidad del Sistema de Transporte, identificó los requisitos para la reducción de gases de efecto invernadero (GEI) relacionados con el proceso de planificación del transporte para CDOT y los MPOs.
En enero de 2021, el estado publicó la Hoja de Ruta para la Reducción de la Contaminación por Gases de Efecto Invernadero de Colorado, y en diciembre de 2021, la Comisión de Transporte votó para aprobar el Estándar de Planificación del Transporte de GEI. Este Estándar establece los niveles de reducción de GEI para PPACG en diferentes períodos de tiempo y requiere que PPACG modele las redes de transporte existentes y los proyectos de capacidad significativa regional futura en sus documentos de planificación del transporte.
Factores de Planificación Federales
La IIJA establece 10 factores de planificación que deben ser abordados por el proceso de planificación del transporte metropolitano. Estos se abordan a lo largo de este LRTP y deben ser considerados en la planificación y programación futura de los fondos federales.
- Apoyar la vitalidad económica del área metropolitana, especialmente al permitir la competitividad global, la productividad y la eficiencia.
- Aumentar la seguridad del sistema de transporte para todos los usuarios motorizados y no motorizados.
- Aumentar la seguridad del sistema de transporte para los usuarios motorizados y no motorizados.
- Aumentar la accesibilidad y la movilidad de las personas y la carga.
- Proteger y mejorar el medio ambiente, promover la conservación de energía, mejorar la calidad de vida y promover la coherencia entre las mejoras del transporte y el crecimiento planeado estatal y local y los patrones de desarrollo económico.
- Mejorar la integración y la conectividad del sistema de transporte, a través y entre los modos, para las personas y la carga.
- Promover la gestión eficiente del sistema y su operación.
- Hacer hincapié en la preservación del sistema de transporte existente.
- Mejorar la resiliencia y la fiabilidad del sistema de transporte y reducir o mitigar los impactos de las aguas pluviales del transporte terrestre.
- Mejorar los viajes y el turismo.
